‘ABC’ sobre contratar extranjeros
Si vas a contratar un extranjero, ten presente como empleador que las normas laborales son fundamentalmente las mismas para nacionales y extranjeros. Para efectos prácticos, tramitar la contratación de un extranjero impone lo siguiente:
- NECESIDAD DE VISA.
Para trabajar, se necesita al menos la residencia temporal que es el permiso por el Servicio Nacional de Migraciones a los extranjeros que tengan el propósito de establecerse en Chile por un tiempo limitado. Puede tramitarse en Chile o en el Consulado del Chile en el país de procedencia del extranjero.
Por lo pronto, la alternativa más efectiva para obtener el derecho a residencia será la Visa Sujeta a Contrato de trabajo.
- ASUNTOS PRÁCTICOS.
La solicitud de Visa sujeta a Contrato de Trabajo requiere cumplir con una serie de requisitos.
El contrato de trabajo tendrá que contener 5 cláusulas especiales, que son las de Remuneración, de Vigencia, de Viaje, de Régimen Previsional y de Impuesto a la Renta. Las obligaciones laborales se devengarán según la fecha que conste en el contrato de trabajo. El pasaporte del trabajador debe encontrarse vigente y puede servir de documento de identificación en el contrato de trabajo. En algunos casos, se requiere presentar un certificado de antecedentes judiciales vigente en español.
Puede solicitarse en el país de origen ante el Consulado de Chile. En tal caso, la entrada al país debe hacerse dentro de los 90 días siguientes de la obtención de dicha visa. Una vez que ingresan al país deben registrar su visa en Policía de Investigaciones y acercarse al Servicio de Registro Civil e Identificación para obtener su cédula de identidad dentro de los primeros 30 días. Ante el Consulado, se debe presentar el contrato autorizado ante notario o el Cónsul en calidad de ministro de fe. Estos datos deberán ser aportados para que el Consulado pueda evacuar un informe para la decisión final dentro de 15 días desde que el Servicio de Extranjería se lo solicite. Esto servirá luego para solicitar el trámite de Visa en línea. El empleador deberá también aportar antecedentes de su empresa y acreditar la necesidad de contratar. Esta diligencia no asegura el resultado de la decisión de otorgar visa y es sin perjuicio de que sean requeridos antecedentes adicionales.
Estando en Chile, el trabajador debe encontrarse en actualmente en estado de permanencia regular en Chile y no tener un impedimento para solicitar Visa, tal como una orden de expulsión.
Para quienes inicien el trámite en Chile y así lo soliciten ante el Departamento de Extranjería y Migración o la Gobernación Provincial, se les otorgará el permiso para desarrollar actividades remuneradas mientras se resuelve la solicitud de residencia temporal.
- Situación del trabajador extranjero.
Esta Visa se otorga al trabajador y se extiende a su cónyuge e hijos que vivan a sus expensas para efectos de residir en Chile. Para trabajar, tendrán que tramitar lo necesario a su turno.
La Visa sujeta a contrato de trabajo permite al trabajador trabajar solamente con el empleador con quien obtuvo el permiso y por hasta 2 años prorrogables por periodos iguales. En caso de cambiar de situación, es necesario presentar una nueva solicitud de residencia dentro de los 180 días de terminada la relación laboral. Un término de contrato obliga al empleador a dar aviso al Departamento de Extranjería y Migración dentro de 15 días.
- SANCIONES.
Las sanciones a los empleadores que contraten a extranjeros que no estén en posesión de algún permiso de residencia o permanencia que los habilite para trabajar, consisten en pena de multa para el empleador por cada extranjero que trabaje contratado irregularmente, sin perjuicio de tener que cumplir con todas las obligaciones laborales y de seguridad social a su cargo y que se encuentren pendientes. Sumado a esto, existe la delación compensada, donde los trabajadores que denuncien a su empleador por su situación irregular, los libera de toda sanción aplicable por trabajar sin autorización.
Estas normas obligan al empleador a ser riguroso en la tramitación de los permisos de sus trabajadores extranjeros.
Si necesitas ayuda para ordenar tus obligaciones laborales, contáctanos hoy: abogado@cja.cl