Laboral
El Empleador
La Ley lo define como “la persona natural o jurídica que utiliza los servicios intelectuales o materiales de una o más personas en virtud de un contrato de trabajo”.
Acá resumimos los derechos y obligaciones que dispone la ley para desempeñar el rol de empleador.
- La ley se pone en el supuesto que el empleador es la parte más fuerte en su relación contractual con el trabajador. Por esto, el Código el trabajo impone sus normas por sobre lo que hayan podido acordar el empleador y el trabajador, dejando un margen para la negociación entre ellos. Esto explica también el principio in dubio pro operario que establece que en caso de duda sobre la interpretación de una norma, se estará siempre a lo que más favorezca al trabajador. Es decir: corresponde al empleador ser claro con las reglas y riguroso con su cumplimiento.
- Antes del contrato de trabajo, desde el proceso de selección el futuro empleador debe observar las normas de no discriminación que impone el Código del trabajo. El único criterio de selección contemplado para discriminar es la calificación exigida para un empleo determinado.
- El trabajo bajo subordinación y dependencia es suficiente para probar la existencia de un contrato de trabajo. Que esté escriturado es obligación del empleador. Las materias esenciales que deben ser tratadas en el contrato de trabajo son:
- Datos completos de las partes.
- Cargo y tareas por cumplit.
- Remuneración.
- Causales de despido: de acá la importancia de fijar las prohibiciones y obligaciones del trabajador.
- Importa fijar las normas sobre:
- Propiedad intelectual
- Confidencialidad
- Celebrar el contrato y subir los datos al sitio del empleador en la DT.
- Durante la vigencia del contrato, el empleador deberá velar por lo siguiente:
- Naturalmente, liquidar todos los meses las remuneraciones y pagarlas dentro de plazo. Debe pagar también las cotizaciones sociales (Previred) antes del día 13 de cada mes.
- Controlar la asistencia de los trabajadores sujetos a jornada.
- Por efecto del artículo 184 del Código del trabajo, debe cuidar activamente la vida y salud de sus trabajadores. Para cumplir con esta tarea, puede apoyarse en la mutual de seguridad a la que esté afiliado.
- En caso de accidente o enfermedad, el trabajador deberá presentar una licencia médica a su empleador, quien deberá tramitarla y entregarla a ISAPRE/COMPIN dentro de tercero día desde su recepción para que el trabajador pueda acceder a los subsidios del caso.
- Las obligaciones que positivamente debe implementar en su empresa aumentan según el número de trabajadores que tiene a su cargo. Revisa acá para enterarte de las que te corresponden ya que comienzan a ser importantes a contar del décimo trabajador.
- Pueden devengarse obligaciones circunstanciales por causa de maternidad de un(a) trabajador(a) y por deudas de alimentos.
- Término del contrato de trabajo.
- La hipótesis de despido por necesidad de la empresa es la que devenga las siguientes indemnizaciones:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo.
- Indemnización por años de servicio.
- La hipótesis de despido por necesidad de la empresa es la que devenga las siguientes indemnizaciones:
- Vacaciones pendientes y proporcionales.
- Las demás hipótesis devengan solamente las vacaciones.
- El trámite de despido requiere la comunicación por escrito y la firma autorizada del finiquito. SIEMPRE deberán estar al día las cotizaciones sociales para poder hacer efectivo el término del contrato de trabajo, sin lo cual opera la Ley Bustos.
- Hecho lo anterior, se deben actualizar los datos en el sitio del empleador en la DT.
Este es el perímetro de las obligaciones básicas de cada empleador. Entérate de los detalles en cada link que dejamos para ir a los contenidos específicos que creamos.
Ordenar tus obligaciones como empleador es fundamental para el buen funcionamiento de tu empresa. Pongamos los factores a tu favor: agenda una reunión desde ya y comencemos a ordenar tu empresa.
Paul Juppet, abogado