Ley N° 21.746: Nuevas Reglas sobre Licencias Médicas

La Ley N° 21.746 modifica la Ley N° 20.585 para reforzar el control sobre el otorgamiento de licencias médicas y establece nuevas sanciones administrativas y penales. A continuación, te presentamos los principales cambios y recomendaciones prácticas.

🔎 Principales Cambios

  • Profesionales habilitados: Solo podrán emitir licencias médicas médicos cirujanos, dentistas y matronas inscritos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud. Desde mayo de 2026, deberán también haber aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM).
  • Licencias electrónicas obligatorias: Las licencias deben emitirse en formato digital. Se permite el uso excepcional de formularios en papel solo en casos justificados por falta de conectividad.
  • Requisitos para telemedicina: Los profesionales deben estar habilitados y utilizar plataformas tecnológicas certificadas para emitir licencias médicas en atención a distancia.
  • Fiscalización ampliada: COMPIN y la Superintendencia de Seguridad Social pueden exigir respaldos clínicos, citar a audiencias y aplicar sanciones si detectan licencias emitidas sin fundamento médico.

🚨 Sanciones y multas

  • Multas hasta 1.000 UTM y penas de presidio: Si se comprueba falsedad en una licencia médica, el profesional puede enfrentar sanciones penales de hasta presidio menor en su grado máximo y multas de hasta 1.000 UTM.
  • Suspensiones progresivas del derecho a emitir licencias médicas: desde 180 días hasta cancelación permanente, según reincidencias.
  • Contralores médicos de isapres y COMPIN: pueden ser sancionados si rechazan licencias sin justificación médica.
  • Registro público de sanciones: Profesionales sancionados aparecerán en un registro público en el sitio web de la Superintendencia de Seguridad Social.

🧾 Recomendaciones para empleadores

  • Revisar licencias sospechosas: Si una licencia genera dudas fundadas, puede ser denunciada a través del sistema anónimo en línea de la Superintendencia.
  • Monitorear reincidencias: El empleador será notificado si un trabajador recibe una licencia que ha sido emitida sin fundamento médico.
  • Informarse del estado del prestador: Verificar si el profesional emisor de la licencia se encuentra habilitado o suspendido mediante el registro público.
  • Actualizar protocolos internos: Asegurar que las áreas de RR.HH. tengan acceso a esta información y actúen de acuerdo con la normativa vigente.

📅 Fechas clave

  • Vigencia inmediata desde el 24 de mayo de 2025.
  • Registro público de sanciones comienza a operar desde el 1 de julio de 2025.
  • Requisito del EUNACOM exigible desde mayo de 2026.

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